Santiago, 14 de abril de 2025.
Con el objetivo de asegurar la correcta implementación del nuevo reajuste contemplado en la Ley de Reforma Previsional y garantizar que el aumento en las pensiones solidarias de invalidez sea entregado de manera oportuna a quienes corresponda, la Superintendencia de Pensiones (SP) emitió hoy una nueva norma en consulta pública. Esta instrucción establece cómo deberán operar las administradoras de fondos de pensiones (AFP), las compañías de seguros de vida (CSV) y el Instituto de Previsión Social (IPS) para aplicar los nuevos criterios de cálculo y pago.
A partir del 1 de septiembre de 2025, el monto máximo de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) se fijará en $250.000. Este nuevo valor también será la base para determinar el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI), lo que permitirá a las personas beneficiarias acceder a montos más altos de apoyo estatal.
El mismo principio se aplicará a quienes reciben el subsidio por discapacidad mental (SDM), cuyo beneficio continuará correspondiendo al 50% del valor de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
La SP informó que, hasta febrero de este año, existían 201.052 personas que recibían la PBSI, con una mayoría femenina del 55,4%. Por otro lado, 100.760 personas eran beneficiarias del APSI, de las cuales el 48% también eran mujeres. En conjunto, este grupo representa a más de 300 mil personas que podrían ver un incremento en sus ingresos gracias a este ajuste.
La norma actualmente en consulta propone que, desde septiembre próximo, el cálculo del APSI se realice en base a la diferencia entre la pensión de invalidez que ya percibe la persona y el nuevo tope de $250.000 correspondiente a la PBSI. Cabe destacar que este beneficio está destinado a quienes pertenecen al 80% de la población con menores ingresos en el país.
La Superintendencia recibirá observaciones sobre este proyecto de Norma de Carácter General (NCG) hasta el lunes 28 de abril de 2025. Con esto, se busca asegurar una implementación transparente y efectiva de los cambios establecidos en la ley, que representan un avance significativo en la protección social de las personas con invalidez.
Fuente: https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/w3-article-16547.html