PGU 2026: El cálculo de tu pensión base que podría dejarte fuera del pago de $231 mil

El IPS actualizó los topes de ingresos máximos y abrió un nuevo tramo por edad. Revisa el monto exacto de tu jubilación que define si te corresponde el beneficio.

Muchos adultos mayores en Chile creen erróneamente que por el solo hecho de recibir una jubilación de una AFP o compañía de seguros quedan excluidos de la Pensión Garantizada Universal (PGU). Sin embargo, la clave no es estar jubilado, sino un indicador técnico que el Instituto de Previsión Social (IPS) revisa bajo lupa: tu pensión base calculada.

Tras la entrada en vigencia de las nuevas etapas de la Reforma de Pensiones y el reajuste por IPC aplicado en febrero de 2026, los topes cambiaron drásticamente. Si no conoces tu cifra exacta, podrías estar perdiendo un depósito mensual de hasta $231.732 (o $250.275 si tienes 82 años o más) sin darte cuenta.

¿Qué es la pensión base y cómo se calcula?

La pensión base no es necesariamente el dinero líquido que cae mes a mes en tu cuenta bancaria. Es una simulación legal que calcula el IPS sumando los siguientes factores:

Los nuevos beneficios derivados del Seguro Social de la Reforma de Pensiones.

Tu Pensión Autofinanciada (PAFE): El monto estimado que financias con tus propios ahorros acumulados en la AFP.

Pensiones de sobrevivencia o de invalidez que recibas.

Pensiones del antiguo sistema de cajas previsionales o pensiones de gracia.

Los tres tramos que deciden tu pago este 2026

Con los datos actualizados de ChileAtiende, el monto de tu PGU se define según el resultado de esa suma en estos tres escenarios:

  1. Si tu pensión base es de hasta $789.139: Tienes derecho a recibir el monto máximo de la PGU. Esto equivale a $231.732 mensuales (para personas de 65 a 81 años) o $250.275 mensuales (si tienes 82 años o más).
  2. Si tu pensión base está entre $789.140 y $1.252.601: Tu PGU no se elimina, pero se paga de manera proporcional. El monto va disminuyendo gradualmente a medida que tu pensión se acerca al límite superior.
  3. Si tu pensión base es igual o superior a $1.252.602: Quedas fuera del beneficio por superar el tope máximo legal.

Ojo con el calendario: El cambio clave de junio 2026

La Reforma de Pensiones avanza de forma escalonada por edad. Mientras que los mayores de 82 años ya reciben el tope ajustado, a partir de junio de 2026 comenzará la incorporación del tramo de pensionados con 75 años o más, quienes verán reflejado el incremento hacia los $250 mil en sus liquidaciones de septiembre.

Los otros requisitos que debes cumplir

Además del límite de ingresos de la pensión base, el IPS recuerda que para postular debes:

  • Tener 65 años o más (aplica para hombres y mujeres, pese a que la edad de jubilación femenina sea a los 60).
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población (requisito que el IPS cruza de forma interna).
  • Acreditar residencia en territorio chileno por un lapso no inferior a 20 años (continuos o discontinuos) y haber vivido en el país cuatro de los últimos cinco años anteriores a la postulación.

El trámite no es automático para nuevos pensionados. Se puede solicitar de forma gratuita con la ClaveÚnica en el sitio web de ChileAtiende o de forma presencial en sus sucursales.

Fuente: El Mostrador
link:https://www.elmostrador.cl/datos-utiles/2026/05/29/pgu-2026-el-calculo-de-tu-pension-base-que-podria-dejarte-fuera-del-pago-de-231-mil/

PGU 2026: El cálculo de tu pensión base que podría dejarte fuera del pago de $231 mil Leer más »

El beneficio automático que casi nadie revisa: así salvas tu jubilación si estás cesante

Si estás cobrando el Seguro de Cesantía (sea de tu cuenta individual o del fondo solidario), la AFC deposita un 10,10% extra en tu AFP. Te contamos cómo verificar que el dinero ingresó.


Perder el empleo es un golpe duro para el bolsillo inmediato, pero históricamente también significaba un daño silencioso a largo plazo: congelar los ahorros para la jubilación. Sin embargo, bajo el alero de la Reforma de Pensiones, el Seguro de Lagunas Previsionales opera de forma 100% automática en el país para evitar este perjuicio, protegiendo a quienes se encuentran desempleados.

A diferencia de las antiguas reglas, este beneficio no discrimina el origen de los fondos. Si estás cobrando el Seguro de Cesantía —ya sea utilizando tus ahorros acumulados en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) o mediante el Fondo de Cesantía Solidario (FCS)— tienes derecho a que tus cotizaciones previsionales se sigan pagando mes a mes.

¿Cómo funciona el Seguro de Lagunas Previsionales?

El mecanismo está diseñado para que el trabajador no deba realizar ningún trámite ni postulación adicional en su AFP. En la práctica, el proceso se ejecuta de la siguiente manera:

  1. Al aprobarse tu solicitud de Seguro de Cesantía, la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) calcula el beneficio.
  2. Actualmente, la AFC inyecta un 10,10% extra calculado sobre el monto de tu prestación por desempleo mensual.
  3. Ese dinero se transfiere directamente a tu cuenta de capitalización obligatoria en la AFP.

Un punto clave para la tranquilidad del bolsillo: este monto no se resta del pago que recibes por tu cesantía ni se descuenta de tus ahorros acumulados. Los recursos provienen íntegramente del Fondo de Cesantía Solidario y, por ley, las AFP tienen prohibido cobrar cualquier tipo de comisión adicional por procesar este depósito.

Ejemplo práctico: ¿Cuánto dinero ingresa a tu AFP?

Si una persona queda desempleada y su pago mensual del Seguro de Cesantía quedó fijado en $500.000, la AFC transferirá de forma externa un 10,10% a su AFP. Esto equivale a $50.500 mensuales que se suman a su ahorro previsional, evitando que ese mes quede en blanco (“laguna”).

Según el cronograma establecido en la ley, este porcentaje continuará subiendo de manera gradual para robustecer las futuras pensiones de los chilenos:

  • Agosto de 2027: subirá a 10,25%.
  • Año 2033: llegará a 14,5%.
  • Año 2054: alcanzará el tope del 16%.

Guía paso a paso: Cómo verificar que te están pagando el beneficio

Aunque el sistema es automático, los expertos recomiendan fiscalizar que los dineros estén ingresando de manera correcta a tus cuentas. Para hacerlo, sigue estos pasos:

  • Paso 1: Ingresa a la Sucursal Virtual de la AFC (afc.cl) con tu ClaveÚnica o clave de acceso. Ahí podrás revisar el detalle de tu cartola de pagos vigentes y constatar que figure la retención previsional.
  • Paso 2: Transcurridos unos días del pago de tu cesantía, ingresa a la aplicación o sitio web de tu AFP actual y descarga el “Certificado de Cotizaciones Obligatorias”.
  • Paso 3: Verifica que en el mes correspondiente aparezca un depósito de la AFC por el monto equivalente al porcentaje de tu beneficio.

Si detectas cualquier anomalía o desfase en los pagos, puedes ingresar un reclamo formal directamente en los canales de atención al cliente de la AFC o presentar una solicitud de aclaración ante la Superintendencia de Pensiones.

Fuente: El Mostrador
Link: https://www.elmostrador.cl/datos-utiles/2026/05/23/acoso-laboral-el-paso-a-paso-para-hacer-la-denuncia-por-ley-karin-sin-que-te-la-rechacen/

El beneficio automático que casi nadie revisa: así salvas tu jubilación si estás cesante Leer más »

PGU bajo presión: estudio advierte impacto fiscal y propone subir edad de jubilación

La economista Cecilia Cifuentes alertó que el rápido envejecimiento de la población y el aumento de pensionados están elevando el gasto previsional del Estado. El informe propone retrasar gradualmente la edad legal de retiro.

El aumento sostenido de adultos mayores en Chile volvió a instalar el debate sobre la sostenibilidad del sistema previsional.

Un estudio difundido por La Tercera advirtió que el crecimiento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) está generando una presión cada vez mayor sobre las finanzas públicas y planteó la necesidad de elevar gradualmente la edad legal de jubilación.

La investigación fue desarrollada por la economista Cecilia Cifuentes, directora del Centro de Estudios Financieros del ESE Business School de la Universidad de Los Andes, quien además integra la Mesa de Reactivación Laboral convocada por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Envejecimiento y más pensionados: las cifras que preocupan

El informe sostiene que Chile enfrenta un acelerado proceso de envejecimiento poblacional. Según datos citados desde el INE, la población de 65 años o más prácticamente se duplicó entre 2010 y 2026, pasando de 1,6 millones a cerca de 3 millones de personas.

A ello se suma el incremento de jubilados registrado durante el último año. De acuerdo con cifras de la Superintendencia de Pensiones mencionadas en el estudio, en marzo de 2026 los pensionados por vejez crecieron un 7,9% en doce meses.

En el caso de quienes reciben retiro programado, el aumento llegó al 12,5%, mientras que las rentas vitalicias subieron 13,4%.

Para la economista, estas cifras reflejan una tendencia demográfica que podría seguir aumentando el gasto previsional en los próximos años.

La PGU y el impacto en las cuentas fiscales

El documento advierte que el gasto estatal asociado al Pilar Solidario y la PGU ha crecido con fuerza, tanto por el aumento de beneficiarios como por el incremento del monto entregado.

Actualmente, la PGU puede alcanzar hasta $231.732 mensuales para quienes cumplen los requisitos establecidos por ley. Sin embargo, el beneficio comenzó este año un alza gradual hasta $250.275 para determinados grupos etarios.

Según el estudio, el gasto asociado al Pilar Solidario pasó de $2,3 billones en 2019 a más de $7 billones en 2025.

Además, las prestaciones previsionales explicaron cerca del 20% del aumento del gasto del Gobierno Central durante este año.

En ese contexto, el informe señala que el crecimiento de la demanda por recursos previsionales avanza incluso por sobre el crecimiento esperado de la economía.

La propuesta: jubilación más tardía

Frente a este escenario, Cifuentes planteó que el país debe discutir un aumento gradual de la edad legal de jubilación.

Actualmente, las mujeres pueden jubilar a los 60 años y los hombres a los 65. La propuesta del estudio apunta a avanzar, en un plazo de 20 años, hacia una edad de retiro de 65 años para mujeres y 67 para hombres.

La investigadora sostuvo que el cambio debería aplicarse a las generaciones más jóvenes y no a quienes están próximos a pensionarse.
También sugirió que el aumento se implemente de forma progresiva, por ejemplo, elevando un mes por año la edad requerida para jubilar o acceder plenamente a la PGU.

Las advertencias sobre equidad

El estudio reconoce que una medida de este tipo podría generar cuestionamientos sociales, especialmente en trabajadores con labores físicamente demandantes o empleos informales.

Por ello, plantea que cualquier reforma debería incluir excepciones o mecanismos de protección para esos grupos.

“Sin esa salvaguarda, la propuesta es políticamente vulnerable y socialmente regresiva“, advierte el documento.
¿Quiénes pueden recibir la PGU?

La Pensión Garantizada Universal es un beneficio estatal pagado mensualmente por el Instituto de Previsión Social (IPS) a personas de 65 años o más que cumplan ciertas condiciones.

Entre los requisitos están:

  • Tener 65 años o más.
  • No pertenecer al 10% de mayores ingresos del país.
  • Acreditar residencia en Chile.
  • Tener una pensión base igual o inferior a $1.252.602.

El monto final depende de la pensión base calculada de cada beneficiario y puede variar mes a mes según los ingresos registrados.

Para saber si tienes derecho a la PGU, puedes ingresar con tu RUN y fecha de nacimiento al portal dispuesto por ChileAtiende (haz clic ACÁ).

Fuente: 24horas
Link: https://www.24horas.cl/actualidad/economia/pgu-impacto-fiscal-edad-jubilacion


PGU bajo presión: estudio advierte impacto fiscal y propone subir edad de jubilación Leer más »

PGU: ¿A quiénes les aumentará automáticamente en septiembre?

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico mensual que entrega el Instituto de Previsión Social (IPS) y que corresponde al “pilar estatal” del sistema previsional chileno.

Con esto, los jubilados que corresponden al 90% más vulnerable del país pueden acceder a este pago de $231.732 mensuales, con el cual el Estado aporta para mejorar las pensiones.

Sin embargo, gracias a la Reforma de Pensiones, la PGU para las personas de 82 años o más tiene un monto de $250.275 y prontamente se sumarán nuevos beneficiarios a dicha “pensión aumentada“.
¿A quiénes les subirá la PGU en septiembre?

La reforma antes mencionada estableció que todos los jubilados del país llegarán a recibir esa PGU de $250.275, pero esto se hará de forma gradual para no afectar las finanzas públicas.

Fue así como en septiembre del año pasado las personas de 82 años o más se incorporaron a este monto, mientras que en septiembre de este 2026 lo harán los pensionados de 75 o más años.

Finalmente, será en septiembre de 2027 cuando todos los jubilados de 65 años o más empezarán a recibir también esta PGU aumentada.

¿Desde qué edad puedes recibir la PGU?

Para acceder a la PGU debes estar jubilado y haber cumplido los 65 años; sin embargo, para facilitar su entrega, puedes iniciar el trámite desde los 64 años y 9 meses.

Dentro de los requisitos está no pertenecer al 10% más rico de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH), además de acreditar residencia en territorio chileno no inferior a 20 años desde que cumpliste 20 años y, a la vez, un período no inferior a cuatro años durante los cinco años previos a la solicitud.

El monto de la PGU a percibir depende de la pensión base que se reciba:

A partir de $1.252.602: no tienes derecho a PGU.

Hasta $789.139: PGU de $231.732.

Entre $789.139 y 1.252.602: PGU de monto variable.

Fuente: Meganoticias
Link: https://www.meganoticias.cl/dato-util/519618-a-quienes-les-aumentara-automaticamente-la-pgu-en-septiembre-dcv-16-04-2026.html

PGU: ¿A quiénes les aumentará automáticamente en septiembre? Leer más »

Bono al Trabajo de la Mujer 2026: ¿Cuándo se paga en abril y qué requisitos debo cumplir?

El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) se consolida como uno de los pilares de apoyo económico más relevantes para las trabajadoras en Chile.

Este beneficio, gestionado por eServicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), busca incentivar la incorporación laboral femenina y mejorar los ingresos de quienes pertenecen a los sectores más vulnerables del país.

Si eres beneficiaria o estás pensando en postular, a continuación te detallamos las fechas clave de este mes y las condiciones para acceder al pago.

Para quienes optaron por la modalidad de pago mensual, el calendario oficial del Sence ya tiene definida la fecha para este mes de abril.

El depósito correspondiente a la renta percibida en enero de 2026 se realizará el próximo jueves 30 de abril de 2026.

Es importante recordar que este monto se calcula de forma desfasada (en este caso, tres meses después del periodo de renta procesado) y que el pago anual se realiza generalmente durante el segundo semestre de cada año.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

El bono no es de asignación automática, sino que requiere una postulación activa. Las mujeres interesadas deben cumplir con un perfil específico definido por la normativa vigente:

  • Rango etarioTener entre 25 y 59 años (específicamente hasta los 59 años con 11 meses).
  • Situación laboral: Trabajar de forma dependiente o independiente con las cotizaciones previsionales y de salud al día.
  • Vulnerabilidad socioeconómicaEstar calificadas dentro del 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Límites de renta:
    • Para el pago anual: Percibir una renta bruta anual inferior a $7.278.446.
    • Para el pago mensual: Percibir una renta bruta mensual inferior a $606.537.

Un punto a tener en cuenta que las mujeres que trabajen en instituciones del Estado o empresas privadas que reciben aporte estatal igual o superior al 50% no podrán acceder al beneficio.

Asimismo, el bono es incompatible con el subsidio al Ingreso Mínimo Garantizado.

Cómo postular y modalidades de cobro

Un aspecto relevante de este subsidio es que las postulaciones están abiertas durante todo el año. El proceso se realiza de forma digital a través del portal oficial del Sence utilizando la ClaveÚnica.

Al momento de inscribirse, la usuaria debe decidir cómo desea recibir el dinero:

  • Pago Anual: Se recomienda esta opción ya que, por su fórmula de cálculo, no está sujeto a devoluciones de montos percibidos en exceso.
  • Pago Mensual: Son anticipos del pago anual. Quienes eligen esta vía deben tener en cuenta que el monto final se ajusta en la reliquidación anual.

Para las trabajadoras independientes, un requisito indispensable es emitir boletas de honorarios y cumplir rigurosamente con el proceso de Declaración de Renta ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).Más

Fuente: ADN Radio
Link: https://www.adnradio.cl/2026/04/12/bono-al-trabajo-de-la-mujer-2026-cuando-se-paga-en-abril-y-que-requisitos-debo-cumplir/

Bono al Trabajo de la Mujer 2026: ¿Cuándo se paga en abril y qué requisitos debo cumplir? Leer más »

Reforma de Pensiones: Descubre la Compensación a Mujeres por Expectativas de Vida

¿Qué es la Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida?

Es un beneficio económico que nace con la Reforma de Pensiones y que busca equilibrar el monto de las pensiones entre hombres y mujeres, al tener ellas una mayor esperanza de vida, logrando que hombres y mujeres con la misma edad, grupo familiar y mismo saldo en su cuenta de ahorro individual en la AFP, reciban una misma pensión.

Se paga de manera automática junto con tu pensión de vejez o invalidez y es compatible con la PGU y otros beneficios del sistema de pensiones solidarias. Es financiado a través de la Cotización por Expectativas de Vida que se destina al Seguro Social Previsional (SSP).

¿Quién paga estas cotizaciones por expectativas de vida?

🧑‍✈️ Trabajador dependiente🧑‍💻 Trabajador independiente👨‍💼 Afiliado voluntario
Las paga tu empleador.Las pagas tú de manera voluntaria y a partir del año 2028 serán obligatorias.Las pagas tú de manera voluntaria.

Requisitos para obtener la Compensación por Diferencia de Expectativas de Vida

  1. Ser mujer pensionada por vejez o invalidez.
  2. No estar cubierta por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) en el caso de estar pensionada por invalidez.
  3. Estar incorporada en el Seguro Social Previsional (SSP) y contar con, a lo menos, una cotización en el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), antes de cumplir 50 años. Importante: mujeres pensionadas por vejez o invalidez antes del 1 de agosto de 2025 se eximen de este requisito, pero necesitan tener un cálculo de Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) mayor a $0.

Monto del beneficio

  • Corresponde a un mínimo garantizado de 0,25 UF ($9.914 considerando el valor de la UF al 12/12/2025) mensuales que se sumarán a tu pensión autofinanciada.
  • Si te pensionas por invalidez, obtienes el 100% del beneficio, pero si te pensionas por vejez, el porcentaje del monto que recibirás dependerá de tu edad:
Edad al pensionarse65 años o más64 años63 años62 años61 años60 años59 años
👵🏻​ Porcentaje que recibirás del beneficio100%75%50%25%15%5%0%

¿Cómo se calcula el pago?

  • El monto que recibas de este beneficio será el resultado de multiplicar tu anualidad de vejez o invalidez por un factor de corrección.
  • La anualidad se calcula como una renta vitalicia inmediata, utilizando el saldo proveniente de la cuenta de cotización obligatoria de la mujer (sin considerar los aportes de productos voluntarios tales como APV, depósitos convenidos, entre otros) y la tasa de interés promedio implícita de las rentas vitalicias otorgadas, en los últimos seis meses inmediatamente anteriores a aquel en que la mujer se haya pensionado.
  • El factor de corrección es el resultado de la división entre el capital necesario para financiar todas las pensiones de referencia derivadas de la cuenta de capitalización individual, cotizaciones obligatorias de la mujer y el capital unitario necesario (según la edad en que se pensiona la mujer) que se calcula utilizando la tabla de mortalidad que corresponde a un hombre de igual edad y con un mismo grupo familiar.
  • Al resultado de esta división se le resta 1

¿Cómo se paga?

  • Se empieza a pagar desde enero de 2026 a quienes cumplan con los requisitos antes mencionados.
  • Lo paga el Instituto de Previsión Social (IPS) y no requiere postulación. Se paga junto con tu pensión mensual, de manera automática y no necesitas realizar ningún trámite.

¿Qué causales pueden interrumpir el pago del beneficio?

Una vez concedido el beneficio, se paga de manera vitalicia, a menos que ocurra alguna de las siguientes causales:

  • Si estás fuera del país más de 180 días, continuos o discontinuos, en un año de calendario, pierdes el beneficio. Puedes solicitar al IPS que reanude el pago si demuestras tu estadía en Chile al menos 180 días antes de la solicitud.
  • En caso de fallecimiento este beneficio se pierde y no genera herencia ni pensión de sobrevivencia.

Fuente: UNO
LINK: https://www.uno.cl/informacion-de-interes/educacion-previsional/reforma-de-pensiones/compensacion-diferencias-expectativa-vida

Reforma de Pensiones: Descubre la Compensación a Mujeres por Expectativas de Vida Leer más »

La reforma previsional en Chile cumplió un año desde que empezó a implementarse, pero todavía tiene varios problemas y desafíos importantes.

Lo principal es que la reforma es compleja y tiene muchos cambios que deben aplicarse poco a poco, lo que ha generado dudas sobre si se cumplirán los plazos.

Uno de los grandes cambios es que ahora los empleadores empiezan a aportar más dinero a las pensiones, pero este aumento es gradual y toma varios años en completarse.

También se creó un nuevo “Seguro Social”, que entrega beneficios extra, como pagos por años cotizados y apoyos para reducir la desigualdad, especialmente en mujeres.

El problema es que:

  • Hay muchos detalles técnicos difíciles de implementar
  • Algunas instituciones aún no están listas
  • Y existe preocupación de que los tiempos no alcancen para aplicar todo correctamente

A pesar de eso, la reforma ya empezó a entregar algunos beneficios y seguirá avanzando de forma gradual en los próximos años.


💡 En simple:
La reforma ya está en marcha y trae mejoras, pero es complicada y lenta, por lo que existe incertidumbre sobre si todo se podrá implementar bien y a tiempo.

Fuente: Diario Financiero
Link: https://www.df.cl/mercados/pensiones/reforma-previsional-cumple-un-ano-con-alertas-por-plazos-y-complejidades

La reforma previsional en Chile cumplió un año desde que empezó a implementarse, pero todavía tiene varios problemas y desafíos importantes. Leer más »

Administrador del FAPP: Superintendencia de Pensiones emite norma que regula deber fiduciario y conflictos de intereses en la entidad

  • Según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 21.735, el Administrador del FAPP tiene la responsabilidad de velar por la seguridad, rentabilidad y sustentabilidad financiera del Fondo. Dado esto, sus deberes fiduciarios son de diligencia o cuidado y de lealtad, atendiendo siempre el interés del FAPP.
     
  • Respecto de la política de solución de conflictos de intereses, debe establecer criterios claros para prevenir, gestionar y superar dichas situaciones, junto con procedimientos y normas de control interno que aseguren un adecuado manejo y solución de los conflictos de intereses.
     
  • De acuerdo con el ordenamiento jurídico nacional, el deber fiduciario es aquel deber de conducta que recae sobre determinadas personas que administran o cautelan intereses ajenos, ya sea que provengan de una relación de confianza o en virtud de deber especial fijado por la ley. Su desconocimiento, incumplimiento o infracción es susceptible de generar distintos tipos de responsabilidad.
     
  • La nueva norma tiene vigencia inmediata y en su contenido también aborda las directrices para el Administrador del FAPP respecto de la licitación de la administración de carteras de inversión para la totalidad de los recursos del Fondo.

Santiago, 10/03/2026.-

La Superintendencia de Pensiones (SP) informa que con fecha 4 de marzo de 2026 emitió la normativa en materia de deber fiduciario y regulación de conflictos de intereses que regirá para el Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional (AFAPP), estableciendo para dicha entidad explícitamente la responsabilidad de cuidado y destreza que deberá cumplir respecto de recursos que gestiona, en tanto son de propiedad de las y los afiliados.

De acuerdo con el ordenamiento jurídico nacional, el deber fiduciario es aquel deber de conducta que recae sobre determinadas personas que administran o cautelan intereses ajenos, ya sea que provengan de una relación de confianza o en virtud de deber especial fijado por la ley. Su desconocimiento, incumplimiento o infracción es susceptible de generar distintos tipos de responsabilidad.

Según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 21.735, el Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) tiene la responsabilidad de velar por la seguridad, rentabilidad y sustentabilidad financiera del Fondo. Dado esto, sus deberes fiduciarios son de diligencia o cuidado y de lealtad, atendiendo siempre el interés del FAPP.

Respecto de la política de solución de conflictos de intereses, debe establecer criterios claros para prevenir, gestionar y superar dichas situaciones, junto con procedimientos y normas de control interno que aseguren un adecuado manejo y solución de los conflictos de intereses.

Lo que plantea la nueva norma

La Norma de Carácter General (NCG) N° 360 sobre Deber Fiduciario y Regulación de Conflictos de Intereses para el Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional tiene vigencia inmediata.

En su contenido también aborda las directrices para el Administrador del FAPP respecto de la licitación de la administración de carteras de inversión para la totalidad de los recursos del Fondo. Entre las disposiciones que deberá cumplir se encuentra definir la política de inversiones y la política de solución de conflictos de intereses del FAPP, las que deberán alinearse a lo dispuesto en legislación y en el Régimen de Inversión, y contar con la aprobación de su Consejo Directivo.

En consecuencia, la nueva norma establece las siguientes obligaciones para el AFAPP:

1. Realizar todas las acciones necesarias para cautelar la adecuada rentabilidad, seguridad y sustentabilidad de las inversiones del Fondo Autónomo de Protección Previsional, implementando procesos de toma de decisiones debidamente documentados, mecanismos de control interno, además de registros claros y auditables que permitan justificar sus actuaciones.

El conjunto de dichas medidas se enmarca en el deber fiduciario del AFAPP, el cual se configura como un deber de conducta y de medios, y no de resultado.

2. Asegurar que la política de solución de conflictos de intereses, entre otras materias, contemple las siguientes disposiciones o aspectos:

  • Si el Consejo Directivo del AFAPP autorizará o prohibirá la inversión en títulos emitidos, administrados o garantizados por los adjudicatarios o sus entidades relacionadas, así como las formalidades para consignar su decisión.
  • La definición e identificación de potenciales conflictos de interés que puedan generarse al interior del AFAPP, entre éste y los adjudicatarios de la gestión de inversiones, así como respecto de entidades del grupo empresarial al que pertenezca el adjudicatario.
  • El tratamiento respecto de inversiones en entidades públicas.
  • El tratamiento de servicios complementarios no remunerados y cualquier otra situación relevante que pueda comprometer la imparcialidad en la toma de decisiones.

3. Establecer y definir en la política de solución de conflictos de intereses criterios claros para prevenir, gestionar y superar dichas situaciones, junto con procedimientos y normas de control interno que aseguren un adecuado manejo y solución de los conflictos de intereses. En esta línea, el Consejo Directivo deberá definir la periodicidad de revisión de la política, cuya evaluación se realizará, al menos, una vez al año, dejando constancia expresa de ello en las actas respectivas.

4. Actuar con total independencia, informar oportunamente los conflictos de interés que se presenten y resolverlos siempre en beneficio del FAPP, obligaciones específicas que también regirán para los adjudicatarios de la administración de carteras de inversión. En este sentido, el AFAPP siempre tendrá la responsabilidad de los servicios licitados, debiendo ejercer un control permanente sobre aquellos.

La normativa que se ha emitido refuerza el rol del AFAPP en la supervisión de la actuación de los adjudicatarios en instancias de gobierno corporativo, tales como las juntas de accionistas, juntas de tenedores de bonos y asambleas de aportantes, estableciendo reglas de asistencia y participación, coordinación y reporte, orientado a resguardar el interés superior del FAPP y la correcta gestión de los conflictos de intereses que puedan manifestarse en dichas instancias.

En todo caso, precisa que el AFAPP podrá emitir directrices generales que orienten el proceder de la empresa adjudicataria en los procesos de votación.

5. Velar porque los servicios de administración de cartera licitados se ajusten a las políticas de inversión y de solución de conflictos de intereses vigentes. Asimismo, los contratos deberán obligar a los adjudicatarios a cumplir la normativa aplicable, asegurar el acceso del AFAPP a la información necesaria para cumplir sus deberes de transparencia y rendición de cuentas, y permitir el ejercicio de las facultades fiscalizadoras de la Superintendencia de Pensiones.

La NCG N° 360 se encuentra publicada en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones, www.spensiones.cl / Fiscalización y Regulación / Regulación / Normativa del Sistema de Pensiones / Normas de Carácter General.

Fuente: Super Intendencia de Pensiones
Link: https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/w3-article-16978.html

Administrador del FAPP: Superintendencia de Pensiones emite norma que regula deber fiduciario y conflictos de intereses en la entidad Leer más »

PGU 2026: estas son las situaciones que pueden hacerte perder el beneficio de hasta $231 mil

El sistema de atención estatal también dispone de una plataforma en línea que permite revisar pagos pendientes de la PGU u otras ayudas administradas por el IPS.


La Pensión Garantizada Universal

(PGU) se ha consolidado como uno de los apoyos económicos más relevantes para las personas mayores en Chile. Este aporte estatal, administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS), busca complementar los ingresos de quienes tienen 65 años o más.

Actualmente, más de 2 millones 300 mil personas reciben este beneficio en el país, cuyo monto máximo alcanza los $231.732 durante 2026. No obstante, obtener la PGU no garantiza su pago permanente: la normativa exige mantener ciertas condiciones para seguir recibiéndola. Si estas dejan de cumplirse, el aporte puede suspenderse o incluso extinguirse.

Qué condiciones se deben cumplir para recibir la PGU

Para acceder a la Pensión Garantizada Universal es necesario cumplir con una serie de requisitos establecidos por la ley:

  • Haber cumplido 65 años. De todas formas, la solicitud puede iniciarse desde los 64 años y 9 meses para adelantar el trámite.
  • No formar parte del 10% de mayores ingresos del país, lo que se determina mediante el Puntaje de Focalización Previsional, cálculo que utiliza datos del Registro Social de Hogares y la situación económica del grupo familiar.
  • Acreditar residencia en Chile, lo que se verifica mediante el certificado de viajes emitido por la Policía de Investigaciones de Chile (PDI). Para cumplir con este requisito se deben reunir dos condiciones simultáneas:
    • Haber vivido en el país al menos 20 años desde los 20 años de edad, ya sea de forma continua o interrumpida.
    • Haber residido al menos cuatro años dentro de los últimos cinco previos a la solicitud.
  • Contar con una pensión base igual o inferior a $1.252.602, cifra que considera la Pensión Autofinanciada calculada por la AFP y otros ingresos previsionales, como pensiones de sobrevivencia o del antiguo sistema.
    En qué situaciones se puede perder la PGU
  • De acuerdo con lo informado por el IPS, existen distintos escenarios en los que este beneficio puede dejar de pagarse:
  • Fallecimiento del beneficiario o beneficiaria.
  • Permanecer fuera de Chile más de 180 días —continuos o acumulados— dentro de un mismo año calendario.
  • Presentar información incompleta, incorrecta o falsa durante el proceso de postulación.
  • Pasar a integrar un grupo familiar que pertenezca al 10% de mayores ingresos del país.
  • Qué hacer si se pierde la PGU
  • Cuando el beneficio se suspende o se extingue, existe la posibilidad de reclamar la decisión. Según el IPS, la persona afectada puede presentar una apelación dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles desde que recibe la notificación.
  • Para ello se debe completar el Formulario de Recepción de Reclamos de la Pensión Garantizada Universal (PGU) y entregarlo ante el Instituto de Previsión Social.
  • Cómo saber si existe una PGU u otro beneficio sin cobrar
  • El sistema de atención estatal también dispone de una plataforma en línea que permite revisar pagos pendientes de la PGU u otras ayudas administradas por el IPS. A través del portal de ChileAtiende es posible realizar la consulta ingresando RUT y fecha de nacimiento, con lo que se puede verificar si existen beneficios disponibles para cobro.

Fuente: El mostrador
Link: https://www.elmostrador.cl/datos-utiles/2026/03/19/pgu-2026-estas-son-las-situaciones-que-pueden-hacerte-perder-el-beneficio-de-hasta-231-mil/

PGU 2026: estas son las situaciones que pueden hacerte perder el beneficio de hasta $231 mil Leer más »

Cambio en super intendencia de pensiones remplaza a Osvaldo Macías por Joaquín Cortez

El gobierno del presidente José Antonio Kast decidió notificar a Osvaldo Macías que no continuará como jefe de la Superintendencia de Pensiones, cargo que ocupó durante aproximadamente diez años.

Según la nota, el Ejecutivo llevaba varios meses buscando un reemplazo, y aunque en algún momento se pensó que Macías podría continuar, finalmente se decidió realizar el cambio.

En su lugar fue designado Joaquín Cortez, ex presidente de la Comisión para el Mercado Financiero, quien asumiría el cargo en los días siguientes.

Macías había llegado al puesto en 2016 mediante el sistema de Alta Dirección Pública, durante el gobierno de Michelle Bachelet, y fue renovado en el cargo durante los gobiernos de Sebastián Piñera y Gabriel Boric.

La nota también señala que una de las razones políticas detrás de su salida fue que Macías había apoyado técnicamente la reforma previsional impulsada en el gobierno anterior por los exministros Mario Marcel y Jeannette Jara.

Sobre el reemplazo

La noticia explica que Cortez tiene larga experiencia en el sector financiero:

  • fue presidente de la CMF,
  • trabajó en AFP Provida como gerente de inversiones y luego director,
  • y ocupó cargos en bancos y empresas financieras.

Para asumir el cargo deberá dejar otros directorios que mantiene en el sector privado, evitando conflictos de interés.

Qué tarea tendrá

El principal desafío de Cortez será implementar la reforma previsional, incluyendo:

  • el nuevo sistema de fondos generacionales que reemplazará a los multifondos,
  • la creación de índices de referencia para medir la rentabilidad,
  • y procesos como la licitación de afiliados.

Fuente: DiarioFinanciero
Link: https://www.df.cl/mercados/pensiones/cambio-en-la-super-de-pensiones-gobierno-reemplaza-a-osvaldo-macias-por

Cambio en super intendencia de pensiones remplaza a Osvaldo Macías por Joaquín Cortez Leer más »