Principales cambios de la reforma:

1️⃣ Aumento de la cotización del empleador: Se incrementa el porcentaje de cotización obligatorio por parte del empleador.

2️⃣ Modificación en los descuentos previsionales para trabajadores dependientes.

3️⃣ Aumento de la PGU (Pensión Garantizada Universal) y complementos de pensión.

4️⃣ Creación del Seguro Social, con aportes destinados a financiar pensiones solidarias.

5️⃣ Préstamo Garantizado, una nueva alternativa de financiamiento para pensionados.

6️⃣ Implementación de Fondos Generacionales, con cambios en la administración de los ahorros previsionales.

7️⃣ Licitación del stock de afiliados, buscando mayor eficiencia en la gestión de cuentas.

8️⃣ Ingreso de nuevos competidores en la administración de fondos de pensiones.

9️⃣ Mayor regulación a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

🔟 Gestión de inversiones con nuevas reglas para mejorar la rentabilidad de los ahorros previsionales.

Impacto en los pensionados:

  • Se establecen pensiones superiores e inferiores, con ajustes según los años cotizados y la rentabilidad de los fondos.
  • Se proyecta un aumento en la tasa de reemplazo con la reforma.

Vigencia de las medidas:

  • La implementación será progresiva y dependerá de la aprobación del Congreso.

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Corte de Santiago ordena a AFP devolver fondos previsionales de cotizante extranjero

03-marzo-2025
Decimotercera Sala del tribunal de alzada acogió el recurso de protección impetrado y le ordenó a la AFP UNO Sa, proceder en el plazo de 30 días, a devolver los fondos aportados por cotizante de nacionalidad venezolana.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección impetrado y le ordenó a la AFP UNO Sa, proceder en el plazo de 30 días, a devolver los fondos aportados por cotizante de nacionalidad venezolana.

En fallo dividido (causa rol 20.881-2024), la Decimotercera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Patricio Martínez Benavides y las ministras Carmen Gloria Escanilla Pérez y Beatriz Cabrera Celsi– estableció el actuar ilegal de la AFP al denegar la devolución de fondos reclamados.

“Que conforme a las alegaciones efectuadas por las partes no se encuentra discutido en la presente causa que AFP UNO S.A. reconoce la titularidad de los fondos previsionales del Sr. Ferrer; que este último solicitó la devolución de dichos fondos como técnico extranjero en conformidad a la Ley N°18.156, respecto del empleador ‘Adrianza Ferrer Hernández Spa’, acompañando para ello los siguientes documentos: 1- Cédula de identidad chilena y venezolana. 2- Título Académico apostillado y reconocido en Chile. 3- Certificado Afiliación Previsional. 4- Contrato y anexo de trabajo y que con fecha 25 de septiembre de 2024, se rechazó la solicitud en atención a que la A.F.P consideró que la parte recurrente no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley N°18.156, toda vez que repararon que el afiliado aparecía como representante legal de la empresa, contraviniendo así lo que se hacía mención en el contrato de trabajo presentado por él”, detalla el fallo.

La resolución agrega: “Que, así las cosas, es posible dar por establecido que el recurrente al momento de requerir la devolución de sus fondos previsionales acompañó toda la documentación que la ley exige para ello y que el rechazo se debió únicamente a la observación efectuada por la recurrida al contrato de trabajo presentado, dado que a su juicio el afiliado no cumplía con los requisitos de procedencia de lo pedido, en razón de que no sería trabajador de la empresa Adrianza Ferrer Hernández SpA y no tendría una relación de subordinación y dependencia, elementos esenciales en la relación laboral”.

Para el tribunal de alzada: “(…) de la sola lectura de los artículos 1 y 7 de la Ley 18.156 se observa que dicha normativa en caso alguno ha facultado a las Administradoras de Fondos de Pensiones para declarar, determinar o establecer si un afiliado es o no trabajador de una empresa, si existe o no una relación de subordinación y dependencia y menos para pronunciarse sobre los elementos de validez de una relación laboral, excediendo con creces su mandato legal, arrogándose potestades que han sido encomendadas por ley a un órgano jurisdiccional y no a una entidad privada como lo es la recurrida, quien efectúo una calificación jurídica fuera del ámbito de su competencia, lo que deviene en el actuar ilegal de esta última y que evidentemente afecta los derechos de propiedad e igualdad ante la ley del reclamante, ya que lo priva de disponer de fondos que pertenecen a su patrimonio, justificando ello en un actuar que no encuentra sustento legal”.

“Que en consecuencia habiendo el recurrente dado cumplimiento a los requisitos establecidos por los artículos 1 y 7 de la Ley 18.156 y no existiendo justificación legal que avalen el rechazo de la devolución de sus fondos previsionales, fuerza concluir que el arbitrio será acogido en los términos que se indicarán en lo resolutivo de esta sentencia”, concluye.

Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE, sin costas, la acción deducida en estos antecedentes por Judith Amelia Urzúa Arriaza, cédula de identidad N°17.283.409-4, abogada en representación de Freddy ENRIQUE FERRER CHOURIO, RUN N°27.162.221-K, venezolano, en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones UNO S.A (AFP UNO ), en cuanto se dispone que la referida A.F.P. deberá dejar sin efecto el acto dictado con fecha 25 de septiembre de 2024 que rechazó la solicitud de devolución de fondos previsionales presentada por el ciudadano afectado, y en consecuencia, procederá a la devolución de sus fondos previsionales, en el más breve plazo, que no podrá ser superior a 30 días hábiles”.

Fuente:https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/122216

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¿Es obligatorio jubilarse a los 65 años en Chile?

No, jubilarse a los 65 años no es obligatorio en Chile. Esta edad es solo el límite de edad para acceder a la pensión de vejez. La decisión de jubilarse es personal y depende de varios factores.


¿Quién puede pensionarse por vejez?
Las mujeres pueden pensionarse a los 60 años.
Los hombres pueden pensionarse a los 65 años.
Las personas afiliadas pueden pensionarse antes de cumplir 60 o 65 años si obtienen una pensión igual o superior al 70% del promedio de sus remuneraciones imponibles.


¿Puedo seguir trabajando después de pensionarme?
Sí, puedes seguir trabajando después de pensionarte, salvo que estés afecto a leyes especiales.
La administración pública tiene un tratamiento distinto en este aspecto.

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La PGU en tu barrio: recorridos entre el 25 y 27 de febrero

En el marco de la campaña “La PGU en tu barrio”, el Instituto de Previsión Social (IPS) continuará con su despliegue territorial durante la semana del 24 de febrero. La Oficina Móvil se instalará en las comunas de Macul, Cerro Navia y Lo Barnechea para realizar atenciones y orientar a las personas de 65 años y más (pensionadas o no) que consulten por la Pensión Garantizada Universal (PGU), ya sea sobre los requisitos o cómo acceder. Quienes cumplan las condiciones legales, podrán solicitar el beneficio de forma presencial.

La iniciativa “La PGU en tu barrio” se desarrollará en las siguientes comunas:

DíaComunaLugarHorario
Martes 25 de febreroMaculCalle Santa Julia 2309.09:30 a 13:00 horas.
Miércoles 26 de febreroCerro NaviaCalle Ventisquero 1559.10:00 a 13:00 horas.
Jueves 27 de febreroLo BarnecheaAvenida El Rodeo 13533.09:30 a 13:00 horas.

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico del Estado al que podrás acceder si cumples con los requisitos. A partir del 1 de febrero de 2025, si tienes una pensión base menor o igual a $762.822 mensuales, el monto de la PGU corresponderá a $224.004; mientras que si tu pensión base se encuentra en el rango de $762.823 a $1.210.828, el monto de la PGU será variable.

Las personas que no tienen derecho a una pensión en ningún régimen previsional tendrán derecho a la PGU, siempre que cumplan todos los requisitos.

https://www.ips.gob.cl/noticias/la-pgu-en-tu-barrio-recorridos-entre-el-25-y-27-de-febrero

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Ventajas de Jubilar con la Asesoría de un Experto Previsional Independiente.

Tener un asesor previsional es fundamental por varias razones, especialmente cuando se trata de la planificación para la jubilación, pensiones y la gestión de riesgos financieros a largo plazo. Aquí te dejo algunas de las razones más relevantes:

  1. Conocimiento experto: Los asesores previsionales están capacitados para ofrecer orientación profesional sobre temas complejos, como las pensiones, seguros, ahorros para la jubilación y otras cuestiones financieras a largo plazo. Tienen un conocimiento profundo de las leyes, regulaciones y opciones disponibles para maximizar los beneficios.
  2. Optimización de los ahorros: Un asesor previsional puede ayudarte a planificar cómo ahorrar e invertir de manera efectiva para el futuro, lo que te permite aprovechar al máximo tus recursos financieros, considerando tus objetivos y el perfil de riesgo.
  3. Planificación personalizada: Cada persona tiene una situación financiera y necesidades únicas. Un asesor puede crear un plan personalizado, teniendo en cuenta tus ingresos, gastos, expectativas de jubilación y metas a largo plazo, lo que te asegura una estrategia adaptada a tus necesidades.
  4. Maximización de beneficios: Existen múltiples opciones y estrategias para recibir pensiones o beneficios sociales. Un asesor previsional puede guiarte para asegurarte de que estás aprovechando al máximo las oportunidades disponibles, como las contribuciones fiscales, descuentos, o el uso óptimo de los fondos de pensiones.
  5. Previsión ante cambios imprevistos: La vida puede traer cambios inesperados, como enfermedades, accidentes o cambios en las leyes. Un asesor puede ayudarte a prepararte para estos escenarios y adaptar tu plan a medida que surjan nuevos desafíos.
  6. Tranquilidad financiera: Al contar con la asesoría adecuada, puedes tener la seguridad de que tu futuro financiero está bien planificado, lo que te permite reducir la incertidumbre y la preocupación relacionada con la jubilación o los imprevistos económicos.

En resumen, contar con un asesor previsional te ayuda a tomar decisiones informadas, asegurando que tu bienestar financiero a largo plazo esté protegido y optimizado.

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Los multifondos de las AFP comienzan el 2025 con un rendimiento favorable.

Rentabilidades Positivas en Enero Impulsan los Multifondos, pero la Incertidumbre Global Podría Modificar la Tendencia

Enero, tradicionalmente un mes de altas rentabilidades para las bolsas del mundo, ha impactado positivamente a los multifondos con una mayor exposición a renta variable. Este fenómeno no es solo una cuestión financiera, sino también psicológica, ya que el inicio de un nuevo año genera un optimismo generalizado que impulsa a los inversionistas a apostar por activos más riesgosos, como las acciones.

Este mes ha demostrado cómo la renta variable tiende a beneficiarse de este sentimiento positivo, lo que se refleja en los resultados de los multifondos. Sin embargo, la calma podría verse alterada en los próximos meses, debido a la creciente incertidumbre en el ámbito global, especialmente por las políticas del presidente Donald Trump. Las medidas del mandatario estadounidense están generando dudas, lo que tradicionalmente se traduce en caídas de los mercados bursátiles y aumentos en la demanda de renta fija.

Expertos sugieren que el impacto de estas incertidumbres podría sentirse con más fuerza en los primeros meses del año, pero se espera que los mercados se estabilicen una vez que se comprendan mejor las consecuencias de las decisiones políticas y económicas a nivel global. La situación sigue siendo incierta, pero muchos consideran que los próximos meses serán clave para ajustar las expectativas del mercado.

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Presidenta de la CPC advierte sobre los riesgos de una AFP estatal tras la aprobación de la reforma previsional

La presidenta de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Susana Jiménez, valoró el reciente acuerdo que permitió la aprobación de la reforma de pensiones en la Cámara de Diputados, destacando su relevancia para el sistema previsional. No obstante, advirtió sobre los desafíos que implica el rol del Estado en la administración de cuentas.

En entrevista con CNN Prime, Jiménez enfatizó la necesidad de evaluar cuidadosamente cómo el Instituto de Previsión Social (IPS) asumirá su función como administrador de cuentas, particularmente en un entorno donde se busca fomentar la competencia con el sector privado.

Respecto a la posibilidad de establecer un inversionista estatal para gestionar los fondos de pensiones, expresó su inquietud y señaló que la combinación de licitaciones con una AFP estatal “no es deseable”, recordando que el comité técnico ya había alertado sobre los riesgos de este esquema.

Asimismo, la líder gremial subrayó la importancia de garantizar la sostenibilidad fiscal del sistema y una correcta implementación de los cambios aprobados. A pesar de estas preocupaciones, aseguró que la reforma deja el tema de pensiones “relativamente zanjado” y ratifica la capitalización individual como el pilar del modelo previsional.

Fuente: CNN Chile

https://www.cnnchile.com/lodijeronencnn/presidenta-de-cpc-avance-pensiones-riesgos-injerencia-estatal_20250203

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Cambios significativos al sistema de pensiones actual


Ayer el Congreso aprobó una reforma, que aún debe ser promulgada por el Ejecutivo, y que introducirá cambios significativos al sistema de pensiones actual. A continuación, un resumen de los efectos que esta reforma tendrá en los pensionados y afiliados.

Aumento de Pensión Garantizada Universal (PGU):

  • Incremento a $250.000 para mayores de 82 años (mes 6 desde la publicación).
  • Extensión progresiva: mayores de 75 años (un año después) y mayores de 65 años (dos años después).
  • Reajuste anual según el IPC; requisitos actuales se mantienen.

Compensación a mujeres por mayor expectativa de vida:

  • Compensación mensual a partir del mes 6.
  • Mismo saldo y edad: igual pensión para hombres y mujeres.
  • Mínimo: 0,25 UF mensual ($9.596 al 31 de enero de 2025). Tope: 18 UF.
  • Disminuye si la mujer se jubila antes de los 65 años.
  • Beneficio se extingue al fallecer o salir del país por 180 días.

Beneficio por año cotizado:

  • Actuales pensionados mayores de 65 años:
    • Garantía de 0,1 UF por año cotizado (tope 2,5 UF, $95.961).
    • Requisitos: 20 años cotizados (hombres) o 10 años (mujeres; aumenta gradualmente a 15 años).
    • Extinción al fallecer.
  • Futuros pensionados:
    • Mismos montos y requisitos.
    • Garantía finaliza en 2055.
    • Cubre diferencia si la pensión es menor a la garantía.

Nueva cotización para trabajadores dependientes:

  • Empleador aumenta cotización gradualmente hasta 8,5%.
    • 4,5% para la cuenta individual en AFP (completo en 2033).
    • 4% al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
  • Aporte al FAPP incluye:
    • Incremento de 0,9% desde el mes 17.
    • Financia pensiones actuales y compensación a mujeres.
    • Préstamo reembolsable al pensionarse con intereses bajos.
    • Aporte al FAPP decrece gradualmente después de 20 años.

Nueva cotización para trabajadores independientes:

  • Emiten boletas: Cotización voluntaria, obligatorio solo para el SIS.
  • No emiten boletas: Cotización voluntaria, con opción de pago automático.

Otros cambios progresivos:

  • Fondos generacionales:
    • Sustitución de 5 multifondos por al menos 10 fondos adaptados según edad.
    • Cambio permitido solo en ahorro voluntario.
  • Licitación de afiliados:
    • Sorteo cada dos años de 10% de afiliados no pensionados hacia AFP con comisión más baja.
    • Afiliados pueden rechazar traspaso o volver a su AFP original.
  • Nuevos administradores:
    • Se autoriza a cajas de compensación, cooperativas y el IPS a administrar fondos de pensiones.

FUENTE: Martín Mujica | Gerente General CUPRUM

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Senado aprueba reforma de pensiones con aumento del 7% en cotizaciones

El acuerdo establece que el 4,5% del aumento irá a las cuentas individuales, el 1% a un seguro social, y el 1,5% restante funcionará como un préstamo al seguro, que se devolverá a los afiliados al momento de la jubilación.


La noche de este lunes fue aprobada la reforma de pensiones en la Sala del Senado, alcanzando el despacho de la iniciativa impulsada por el Gobierno que propone un aumento del 7% en las cotizaciones de los trabajadores, tras casi 10 horas de debate.

La propuesta establece una nueva estructura en la distribución de los fondos, crea un sistema mixto de pensiones y un seguro social en el pilar contributivo. Además, mejora la Pensión Garantizada Universal (PGU).

La iniciativa ahora pasará a tercer trámite en la Cámara de Diputados.

¿De qué trata el acuerdo?

El acuerdo fue negociado por los ministros de Trabajo, Jeannette Jara, y de Hacienda, Mario Marcel, con los senadores de Chile Vamos, pero no contó con un respaldo unánime ni entre los miembros del oficialismo ni de la oposición.

Según el pacto, alcanzado entre el Ejecutivo y los senadores de Chile Vamos, el 4,5% del aumento irá destinado a las cuentas individuales de los trabajadores, similar a la estructura actual del 10% de cotización que va a las AFP.

Además, un 1% se destinará a la creación de un seguro social y el 1,5% restante funcionará como un préstamo a este seguro, el cual será devuelto a los afiliados al momento de su jubilación.

Ahora, el panorama en la Cámara de Diputados es incierto, ya que el Partido Republicano y algunas bancadas dentro del acuerdo se han mostrado en contra de la iniciativa. No obstante, el Gobierno ya anunció que el Presidente Gabriel Boric utilizará su facultad constitucional para convocar a la Cámara Baja a sesionar en los próximos días.

fuente: https://www.cnnchile.com/pais/senado-aprueba-reforma-pensiones-aumento-7-cotizaciones_20250127/

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